REGLAMENTO DEL COLEGIO MAYOR UNIVERSITARIO SANTA MÓNICA

El Colegio Mayor Santa Mónica es un Centro Universitario integrado en la Universidad Complutense de Madrid mediante Convenio (27-XI-74). Fundado y dirigido por la Congregación de Agustinas Misioneras, Provincia de Santa Mónica, comenzó su actividad el 1-X-69. El lema del Colegio Mayor es AD CHARITATEM PER SCIENTIAM (a la caridad por la ciencia).

Como Centro de inspiración agustiniana, la búsqueda de la verdad principalmente a través del estudio, la convivencia comunitaria y el servicio a la sociedad son valores que motivan la labor educativa de nuestro Colegio.

El Colegio Mayor Santa Mónica se rige por la legislación reguladora de Colegios Mayores, los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid, los Estatutos propios y este Reglamento.

La libre elección de este Colegio Mayor Universitario presupone y conlleva de la solicitante la aceptación y cumplimiento de este Reglamento y de su normativa vigente, así como el compromiso de contribuir personalmente al logro de los fines del mismo (Est. Art. 23).

Por tal motivo, en la solicitud de plaza, la persona interesada en residir en este Centro y sus Padres (o tutores) manifestarán por escrito dicha aceptación.

I VIDA ACADEMICA

1.1. El estudio

Es un derecho y deber fundamental de la universitaria y una condición imprescindible para permanecer en este Mayor. Por tanto, el Colegio tiene la responsabilidad de velar por el ejercicio de este valor y formar a las Colegialas en el espíritu de responsabilidad a través del mismo. Incumbe a todo los miembros que forman la Comunidad Colegial, contribuir personalmente a lograr un ambiente que favorezca el estudio.

Con este fin, se establecen las normas siguientes:

• Educación y respeto a los demás en su vida de trabajo, convivencia y descanso.
• Guardar silencio en las habitaciones y evitar todo lo que pueda constituir molestia e impedimento para el estudio y descanso.
• Cuidar en los pisos, pasillos, escaleras, seminarios, además del silencio conveniente, las formas propias de una buena educación.
• Asistir periódicamente a las respectivas Escuelas y Facultades.

1.2. Las Actividades Culturales

El Colegio Mayor Santa Mónica, como Centro Universitario, no sólo proporciona residencia a sus estudiantes, sino que promueve, en orden a una formación integral de la persona, la formación humano-cristiana, cultural, científica, y deportiva de las Colegialas, organizando y desarrollando un amplio Programa de Actividades: aula de solidaridad, convivencias de vida cristina, grupos de reflexión humano-cristiana y litúrgicas, conferencias, teatro, fotografía, coro, gestión localidades de teatro y conciertos, aeróbic, baloncesto, balonmano, fútbol-sala, ping-pong, tenis, voleibol, yoga, bailes de salón y sevillanas.

Las Colegialas deben participar, potenciar y ayudar en las Actividades culturales, y a todas las manifestaciones de la Vida Colegial. Las fiestas que el Colegio considera oficiales son apertura de curso, Navidad, y clausura de curso. La inhibición e indiferencia sistemática en todos estos actos son causa suficiente para la pérdida de plaza en el Curso siguiente.

Es obligatorio integrarse y realizar, al menos, una de las Actividades; así como la asistencia a las Conferencias elegidas por ellas y que en el Colegio se imparten.

Al inicio del Curso académico se determinan las Actividades y, en listas abiertas, las Colegialas se inscriben en aquellas en que vayan a participar. Al frente de cada Actividad habrá una Delegada que será elegida por las propias Colegialas, de acuerdo con la convocatoria fijada por la Dirección.

Es función de las Delegadas: velar por el buen funcionamiento de las mismas.

En el Colegio existe un Consejo Colegial, órgano de Gobierno, cuyas funciones son:

• Elaborar y gestionar, bajo la autoridad de la Directora, el programa de Actividades culturales, festivas, religiosas y deportivas del curso académico.
• Administrar, bajo la autoridad y supervisión de la Dirección, el presupuesto consignado para dichas Actividades.
• Actuar como órgano de comunicación y diálogo con la autoridad del Centro sobre todos los problemas de la vida corporativa del Colegio.
• Colaborar con la Dirección en la consecución de los fines del Colegio.
• Desempeñar cualquier competencia que le otorgue la Directora del Centro.
• Reunirse al comienzo de curso para programar las Actividades y, a través del mismo, tres veces o cuantas sean necesarias, previa convocatoria de la Directora.

II. VIDA SOCIAL

Uno de los fines principales del Colegio Mayor es formar una Comunidad Colegial donde se cultiven y expresen actitudes de convivencia y respeto, colaboración y diálogo, libertad y responsabilidad, en orden a inculcar en las Colegialas un sentido comunitario que favorezca su formación integral.

Se consideran contrarias a estos fines:

• Todas aquellas conductas que hacen difícil la convivencia colegial.
• Un proceder habitual de falta de respeto y educación a las personas.
• Todo cuanto induzca a la insubordinación e indisciplina colectivas.
• El abuso y deterioro intencionado de las instalaciones y servicios.
• El fumar en cualquier dependencia del Colegio incluidas las habitaciones.

III. VIDA RELIGIOSA

Siendo este Colegio Mayor una fundación de inspiración católica, tiene como fin primordial transmitir a las Colegialas una visión trascendente de la vida, dentro del mayor respeto a la libertad personal. En consecuencia, el Colegio:

• Proporcionará los medios que considere más adecuados para que las Colegialas, que libremente lo deseen, puedan practicar, profundizar y desarrollar su fe cristiana.
• La organización de actividades religiosas será competencia de la Dirección.
• Exigirá, dentro de todo su ámbito residencial (aulas, patios, habitaciones, etc.), aquellos comportamientos que, aparte de no desdecir de una convivencia y educación universitaria, estén de acuerdo con la moral cristiana.

IV. HORARIOS

La libre elección de este Colegio Mayor implica la aceptación de los horarios establecidos, siendo de singular importancia las horas de llegada al Colegio y los horarios de comedor.
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4.1. Horas de llegada

• El Colegio en los días lectivos, está abierto de 7 h a 24 h. Los viernes y vísperas de fiesta, la hora de cada Colegiala, estará de acuerdo a la opción que sus padres le hayan autorizado en la “ficha de permisos”.
• Las Colegialas a partir de segundo curso pueden pernoctar fuera, cualquier día de la semana, siempre que así esté indicado en la “ficha de permisos”. Las Colegialas de primer año de Carrera, solo tendrán salida los viernes y vísperas de fiesta.
• Toda Colegiala que piense llegar al Colegio después de las 24 h., deberá firmar el “volante de salida” y a su regreso firmar y señalar en el mismo, la hora de llegada. Iguales requisitos deben cumplirse en el caso de ausencia por fin de semana u otra causa. En Subdirección, queda constancia de las salidas de las Colegialas y los volantes trimestralmente serán enviados a los padres.
• Al llegar al Colegio por la noche, se guardará silencio en escaleras y pasillos por respeto a las Colegialas que estudian o descansan. Con este mismo fin, los ascensores no funcionarán después de las 24 h., ni se admitirán llamadas telefónicas de dentro ni de fuera.
• Al salir del Colegio se dejará siempre la llave en Recepción.

4.2. Horarios de comedor

Desayuno: De 7,00 a 9,00 h., los días laborables y los sábados de 7,30 a 9,00 h. Los días festivos de 9,30 a 10,00 h.
Comida: De 14,00 a 15,00 ampliado con el horario académico.
Sábados y días festivos de 14,00 a 15,00 h.
Cena: De 21,00 a 22,00 h. Los días festivos no se servirá cena.

Fuera del horario no se ofrecerán estos servicios sin permiso de la Dirección. Los extraordinarios serán señalados por el médico y la enfermera. Normalmente no se admiten regímenes.

V. HABITACIONES

• Las habitaciones son de uso exclusivo de las Colegialas a quienes les han sido asignadas y deberán mantenerse siempre limpias y ordenadas.
• Sólo podrán entrar en ellas sus padres. Para las demás personas, ajenas al Colegio, se solicitará el permiso expreso de la Dirección. Las visitas se recibirán en los lugares destinados para tal fin, nunca en las habitaciones.
• Están prohibidas en ellas: el fumar, los ruidos y conversaciones que perturben el estudio y descanso de las Colegialas. Por la noche se guardará mayor silencio, sobre todo a partir de las 24,00 h., tiempo en que deben retirarse las Colegialas a su propia habitación.
• No está permitido subir alimentos ni objetos del comedor a las habitaciones.
• Cualquier desperfecto originado por descuido o mal trato en la habitación o dependencias puestas a su disposición correrán a su cargo. Se considera desperfecto el colocar carteles fuera del lugar reservado para ellos y perchas en las puertas….

VI. RÉGIMEN SANITARIO

Cuando una Colegiala se encuentre enferma, avisará en recepción para ser atendida.
Las Colegialas deberán tener actualizada su tarjeta sanitaria.

VII. RÉGIMEN DE INGRESO

Para la admisión en el Centro es condición previa:

• Ser universitaria o considerada como tal por la legislación vigente.
• Presentar cumplimentados los Documentos que se indican en la Instancia de Solicitud,.(pinchar aquí) Ésta no será aceptada si faltan datos o no corresponden a la realidad.
• Valoración conjunta de los siguientes criterios:
- Expediente académico.
- Certificado de prescripción o admisión en Centro Universitario o condición de estudiante en los mismos.
- Titularidad de una beca concedida mediante convocatoria pública para las Universidades de Madrid y/o condición de becario en el Curso inmediatamente preferente a aquel para el que se solicita la plaza de residencia.
- Méritos o circunstancias relevantes que el Colegio considera y valora de interés para la vida colegial del mismo.
- Confirmar por escrito su acuerdo con los fines, normas reglamentarias y régimen económico del Centro.
- Entrevista personal.
- Comunicación oficial, por parte de la Dirección, de la concesión de la plaza.
• La admisión durará un año escolar, por lo que deberá ser solicitada de nuevo al terminar el curso, presentando las calificaciones escolares obtenidas. La aceptación queda a discreción de la Dirección. Si antes del 14 de julio no ha formalizado la Documentación para el curso siguiente, se interpretará que la Colegiala no va a continuar en el Centro.

VIII. RÉGIMEN ECONÓMICO

La cuota anual incluye los meses de octubre a junio. El importe de la pensión mensual, así como el que se determine a efectos de formalizar la inscripción (fianza y reserva de plaza), se informarán cada curso y siempre con anterioridad a la fecha en que se pide la aceptación de la plaza.

Los honorarios se abonarán por trimestre, durante la primera quincena del primer mes, a través de una entidad bancaria o Caja de Ahorros.

En la pensión se incluye:

• Tres comidas al día. Los domingos y festivos no se presta el servicio de la cena.
• Habitación individual con baño completo incluido, los utensilios del descanso (cama, colchón y almohada), del estudio (mesa, estantería y silla) y el acceso a Internet.
• Calefacción, agua caliente y refrigeración en comedor, salas de estudio, biblioteca, seminarios, sala de informática e Internet y salas de TV.
• Uso de aulas, biblioteca, salas de estudio, seminarios, salón de actos, sala de conferencias, salas de TV, sala de juegos, sala de informática, Internet e impresora, sala de visitas, cafetería, campo de deporte y piscina.
• Lavado de ropa (sabanas, toallas, albornoz y pijama/camisón). Todas las prendas irán marcadas en conformidad con el número asignado, cosido en cada prenda, y en lugar visible. La ropa se entregará en una bolsa también marcada.
• Servicio de enfermería.

La pensión no incluye:

• El servicio médico.
• Uso de teléfono y fax.
• Ropa de cama.

Las conferencias telefónicas se abonarán, junto con los demás gastos en el momento de efectuarse.

- Una vez confirmada la plaza por la Dirección, si en el plazo de diez días, tratándose de plaza de nueva adjudicación, no se abonan las cantidades establecidas (fianza y reserva de plaza) para el curso, se interpretará como renuncia a la plaza y, por tanto, la inscripción no tendrá ningún valor. Sólo en el caso de no ser aceptada por la Universidad solicitada, se devolvería la cantidad correspondiente a la fianza.
- A las Colegialas a quienes les ha sido renovada la plaza y renuncian a ella, si lo comunican antes del 31 de julio, se les devolverá la fianza.
- Cuando la Colegiala desee abandonar el Colegio, deberá comunicarlo con un mes de antelación.
- Si se deja la plaza, durante el Curso, no se devolverá la fianza. Y una vez iniciado el trimestre, este se cobrará integro.
- No se hará descuento alguno por las ausencias, ni por los días de vacaciones de Navidad y Semana Santa.
- El Colegio estará cerrado, a todos los efectos, durante las vacaciones de Navidad y Semana Santa.

IX. RÉGIMEN DISCIPLINAR

Se consideran incompatibles con los fines asignados a este Colegio Mayor y, por tanto, serán causas que impidan la nueva admisión o motiven la expulsión del Colegio: la infracción sistemática de este Reglamento, la actitud persistente de descontento ante los diversos aspectos de la vida colegial. La falta de ejemplaridad en el aprovechamiento académico. La deficiente participación en las Actividades Culturales y fiestas colegiales. La falta de integración en la Comunidad colegial. Las faltas públicas de moralidad. El pernoctar fuera del Colegio sin previa autorización de los padres y de la Directora. La crítica insistente e infundada y la falta de respeto a la Autoridad Directiva, a las Colegialas, al personal contratado que reside en el Colegio. El abuso y deterioro intencionado de las instalaciones y servicios. El fumar en cualquier espacio cerrado que se sancionará según la ley.

Las novatadas están rigurosamente prohibidas. La infracción de esta norma se considera falta grave, y puede dar lugar a la expulsión del Colegio.

X. DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Por razones obvias, anualmente será preciso desarrollar alguna de las normas precedentes, para adecuarnos a la circunstancia concreta de cada nuevo curso escolar. Estas concreciones normativas – recogidas en el impreso “Información General” del curso correspondiente – serán comunicadas a las Colegialas en el mes de julio, y tienen el mismo rango.

 

<<La libre elección del Colegio Mayor Universitario comporta la adhesión del
Universitario al Reglamento del mismo; así como el compromiso de contribuir
a la vida Colegial.
>>
 

(Decreto Regulador de Colegios Mayores.2.780/73)



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